CERTIFICACIÓN
DE EQUIPOS DE
PROTECCIÓN
INDIVIDUAL (EPI)
MARCADO CE
CERTIFICACIÓN DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL (EPI)
¿QUÉ ES EL CERTIFICADO DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL (EPI)?
La comercialización de Equipos de Protección Individual (EPI) debe cumplir los criterios técnicos recogidos en el Reglamento UE 2016/425 sobre Equipos de Protección Individual.
El marcado CE y la Declaración UE de Conformidad aseguran la libre circulación de los Equipos de Protección Individual, EPI, en el Mercado Europeo. Además, el marcado CE asegura a los usuarios de Equipos de Protección Individual que el producto no compromete su seguridad y le garantiza unos niveles de protección comunes en los Estados miembros de la Unión Europea.
¿QUIÉN PUEDE CERTIFICAR EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL?
La evaluación de la conformidad de los EPI la debe realizar un Organismo Notificado.
AITEX es Organismo Notificado No 0161, para el Reglamento (UE) 2016/425 sobre Equipos de Protección Individual, donde se establecen los requisitos esenciales de salud y seguridad que deben cumplir los equipos de protección individual .
La acreditación abarca:
> Certificados de examen UE de tipo (módulo B)
> Conformidad con el tipo basada en el control interno de la producción más el control supervisado del producto a intervalos aleatorios (módulo C2)
> Conformidad con el tipo basada en el aseguramiento de la calidad del proceso de producción (módulo D)
REGLAMENTO (UE) 2016/425 RELATIVO A LOS EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL
REGLAMENTO (UE) 2016/425 DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL
El reglamento (UE) 2016/425 establece los requisitos sobre el diseño y la fabricación de los Equipos de Protección Individual, EPI, que vayan a comercializarse, para garantizar la protección de la salud y la seguridad de los usuarios.
MARCADO CE, ¿QUÉ ES?
El marcado CE es el marcado por el que el fabricante indica que un EPI es conforme con los requisitos aplicables establecidos en la legislación de armonización de la Unión que dispone su colocación.
Reglas y condiciones para la colocación del marcado CE:
> El marcado CE se colocará antes de que el EPI se introduzca en el mercado.
> En el caso de los EPI de categoría III, el marcado CE irá seguido del número de identificación del organismo notificado que participe en el procedimiento. El número de identificación del organismo notificado será colocado por el propio organismo o, siguiendo sus instrucciones, por el fabricante o su representante autorizado.
CATEGORÍAS DE RIESGOS CON RESPECTO A EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL
> Categoría I
La categoría I incluye exclusivamente los siguientes riesgos mínimos: a) lesiones mecánicas superficiales; b) contacto con materiales de limpieza de acción débil o contacto prolongado con agua; c) contacto con superficies calientes que no excedan de 50 °C; d) lesiones oculares causadas por la luz solar (salvo durante la observación del sol); e) condiciones atmosféricas que no sean de naturaleza extrema.
> Categoría II
La categoría II incluye riesgos distintos de los enumerados en las categorías I y III.
> Categoría III
La categoría III incluye exclusivamente los riesgos que puedan tener consecuencias muy graves, como la muerte o daños irreversibles a la salud, en relación con lo siguiente: a) sustancias y mezclas peligrosas para la salud; b) atmósferas con falta de oxígeno; c) agentes biológicos nocivos; d) radiaciones ionizantes; e) ambientes con altas temperaturas cuyos efectos sean comparables a los de una temperatura del aire de al menos 100 °C; f) ambientes con bajas temperaturas cuyos efectos sean comparables a los de una temperatura del aire de – 50 °C o menos; g) caídas de altura; h) descargas eléctricas y trabajos en tensión; i) ahogamiento; j) cortes por sierras de cadena accionadas a mano; k) chorros de alta presión; l) heridas de bala o arma blanca; m) ruidos nocivos.
PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD
Los procedimientos de evaluación de la conformidad que deben seguirse respecto a cada categoría de riesgos establecida son los siguientes:
> Categoría I: control interno de la producción (módulo A)
> Categoría II: examen UE de tipo (módulo B) a tenor del anexo V, seguido de la conformidad con el tipo basada en el control interno de la producción (módulo C)
> Categoría III: examen UE de tipo (módulo B) a tenor del anexo V, y cualquiera de las opciones siguientes:
i) conformidad con el tipo basada en el control interno de la producción más un control supervisado de producto a intervalos aleatorios (módulo C2).
ii) conformidad con el tipo basada en el aseguramiento de la calidad del proceso de producción (módulo D).
Los solicitantes de certificaciones de este tipo de productos se comprometen a la firma de la solicitud formal de certificación, a cumplir con las responsabilidades que en el marco de sus actividades aplican y se encuentran tanto en la legislación vigente, como en la norma ISO/IEC 17065:2012, que se encuentran detalladas en el documento: Responsabilidades del solicitante y del Organismo de Certificación EPI.
AITEX, ORGANISMO NOTIFICADO PARA LA CERTIFICACIÓN DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL (EPI)
EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL (EPI)
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LÍDERES CERTIFICANDO
EQUIPOS DE PROTECCIÓN
INDIVIDUAL (EPI)
ORGANISMO NOTIFICADO
No 0161
AITEX es Organismo Notificado número 0161 asignado por la Comisión Europea, para evaluar la conformidad de productos para su marcado CE antes de su puesta en el mercado comunitario.
ÁMBITOS DE ACTUACIÓN
AITEX presta servicios de diversa tipología dirigidos a las empresas que desarrollan productos para los mercados de las diferentes áreas y sectores de aplicación. Estos servicios a empresas se encuadran en los siguientes ámbitos de actuación.