Desde la publicación del Reglamento (UE) 2019/1021 sobre contaminantes orgánicos persistentes (COP) en 2019, el anexo I de la parte A de este importante acto legislativo se ha modificado en varias ocasiones.
Cuando se publicó el Reglamento, el hexaclorobenceno (HCB) estaba incluido en el anexo I del sin un valor límite de traza de contaminantes no intencionales (UTC). Desde la publicación de dicho Reglamento, la Comisión Europea (CE) ha determinado que el HCB es una impureza en determinadas sustancias, mezclas y artículos, incluidos disolventes clorados, revestimientos, tintas, pinturas y tóners, plaguicidas, aplicaciones de madera y textiles, así como plásticos.
El sitio web de la CE ha puesto a disposición un proyecto de Reglamento para establecer un límite de no más de 10 mg / kg para el HCB en la Parte A del Anexo I del Reglamento. Este límite definido facilitaría las ejecuciones.
Se aceptarán comentarios hasta el 6 de diciembre de 2021
Según el sitio web de la CE, se propone adoptar el proyecto de Reglamento en el cuarto trimestre de 2021 y entrará en vigor el vigésimo día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la UE (DOUE).