Durante el mes de agosto se publicó la nueva lista de sustancias permitidas bajo el reglamento sobre productos biocidas, actualizando las combinaciones de tipo sustancia-producto que se pueden utilizar en artículos tratados.
La ECHA ha compilado voluntariamente esta lista para ayudar a las partes a identificar combinaciones AS-PT que se pueden usar en artículos tratados. Esto es porque se cumple el requisito del artículo 58, apartado 2, del Reglamento (UE) nº 528/2012, o se benefician de la excepción prevista en el artículo 94 del Reglamento.
- La Parte I contiene combinaciones AS-PT que están siendo examinadas dentro o fuera del Programa de Revisión, o que han sido aprobadas (es decir, fueron incluidos en la lista de la Unión o en la lista del anexo I). Artículos tratados con un producto biocida (o que incorporan intencionalmente un producto biocida)
- La Parte II contiene combinaciones AS-PT retiradas para las que se realizó una presentación antes del 1 de septiembre de 2016 pero para las que aún no ha vencido el período de gracia. Los artículos tratados con un biocida que contenga ese AS o incorporados en él deben dejar de comercializarse a partir del 180 días desde esa decisión de desistimiento o no aprobación.